Concepto CCE. ESAL. Régimen especial tributario. El artículo 364-5 del Estatuto Tributario –ET–, modificado por la Ley 2277 de 2022, precisa que las entidades del régimen tributario especial como las ESAL deberán actualizar anualmente la información en el registro web durante los primeros 6 meses de cada año. Cuando NO se renueve el registro tributario no se generará pérdida de capacidad jurídica alguna o perdida de la capacidad jurídica para contratar, toda vez que esta se adquiere con el simple hecho de haberse conformado como ESAL y no restringe la capacidad para contratar. En su defecto, estas consecuencias, son beneficios de carácter tributario, que se pueden perder por parte de la ESAL al no actualizar su permanencia en este régimen tributario especial. CONTRATOS CON ESAL. Art. 355. Tipos de contrato (2024)
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