Concepto CCE. FACTORES DE DESEMPATE. Ley 2069 de 2020. Artículo 35. PERSONAS EN PROCESO DE REINTEGRACIÓN O REINCOPORACIÓN. Acreditación de la condición en proceso de reincorporación o reinserción. Certificación de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz. Se preferirá la propuesta de personas naturales en proceso de reintegración o reincorporación, para lo cual deberá presentar copia de alguno de los siguientes documentos que acredite dicha condición: i) la certificación en las desmovilizaciones colectivas que expida la Oficina de Alto Comisionado para la Paz, ii) el certificado que emita el Comité Operativo para la Dejación de las Armas respecto de las personas desmovilizadas en forma individual, iii) el certificado que emita la Agencia para la Reincorporación y la Normalización que acredite que la persona se encuentra en proceso de reincorporación o reintegración o iv) cualquier otro certificado que para el efecto determine la Ley. Además, se entregará copia del documento de identificación de la persona en proceso de reintegración o reincorporación (2024)
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